Actualidad y Publicaciones

CLÁUSULA REBUS SIC STANTIBUS
LA CLÁUSULA DE LAS CRISIS
Posible modificación o resolución de contratos ante la crisis del COVID-19.

La grave situación que está viviendo España por la pandemia del COVID-19 está produciendo unos efectos económicos sin precedentes, y esto abre la puerta a que, desde el principio general del obligado cumplimiento de lo establecido en los contratos (“pacta sunt servanda”), se pueda dejar la puerta abierta una a interpretación en la que las circunstancias sobrevenidas e imprevisibles, puedan suponer la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus (“estando así las cosas”), dejando sin efecto el contrato o modificando las condiciones pactadas.


Procedimiento especial en Derecho de Familia.
Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19.

El Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, regula un nuevo procedimiento especial y sumario para la resolución de cuestiones relativas al derecho de familia directamente derivadas de la crisis sanitaria, sobre todo régimen de custodia y de visitas de menores y alteraciones en las situaciones económicas de las personas obligadas al pago de pensiones alimenticias
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Doctrina del autoencubrimiento impune.
Derecho a la huida.
Al no poder exigirse otra conducta a quien huye de los agentes tras la comisión de una infracción o delito, se entiende que no comete un delito de desobediencia. Estamos ante un autoencubrimiento impune, porque la persona está en su derecho de huir y evitar las consecuencias del mismo. Esta actitud no busca menospreciar el principio de autoridad de los agentes, sino hacer efectiva una huida, evitando los efectos de la privación de libertad, y por consiguiente, sólo para dicho delito, debería quedar impune quien lo cometiera.

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Efectos de la separación o el divorcio de los inquilinos en los arrendamientos de vivienda.

Si el contrato de arrendamiento para uso de vivienda se celebrara por un cónyuge constante el matrimonio, ello no supondrá que las situaciones contractuales formen parte de la sociedad de gananciales, porque son derechos personales.

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Despido por actividades incompatibles con la baja médica.


La situación de incapacidad temporal de un trabajador obliga a éste a hacer lo posible para conseguir una pronta recuperación, puesto que de lo contrario cabe entender que está simulando su enfermedad, lo que habilita a la empresa para proceder al despido disciplinario.

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